Sección Primera Rentas
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Por la presente se notifica a la persona comprendida en la relación que a continuación se adjunta, titular de concesión de panteón en el cementerio municipal de Guadalajara, y, en el caso de que hubiese fallecido a sus posibles herederos y a todas aquellas personas que puedan tener interés legítimo en dicha concesión, que no ha podido ser notificadas en los domicilios que figuran en el Negociado de Cementerio de este Ayuntamiento, o las notificaciones las han recibido en los domicilios terceras personas sin relación acreditada con los destinatarios.
Con arreglo al Reglamento de Cementerios de Guadalajara, se hace saber:
Que, en cumplimiento de lo que determinan los artículos 26 y 27 del Reglamento de Cementerios de Guadalajara, se notifica que, en plazo de un mes, a contar del siguiente día a la publicación de la presente notificación en el Boletín Oficial de la Provincia, el panteón ya vencido, se extingue el derecho funerario y producida la extinción del derecho funerario, el Ayuntamiento podrá disponer el traslado de los restos y cadáveres conservados, de acuerdo con el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, al osario común, o bien proceder a la conservación del mismo por razones de interés general. Una vez efectuado el traslado, el Ayuntamiento podrá realizar las obras de reforma que estime necesarias, previamente a efectuar nueva adjudicación de la unidad de enterramiento.
Documentación a presentar:
1. En caso de ser el titular: DNI
2. En caso de herederos del titular:
• DNI herederos.
• Certificado últimas voluntades.
• Testamento o declaración de herederos.
Guadalajara a 27 de mayo de 2014.– El Concejal-Delegado de Cementerio.
RELACIÓN DE PERSONAS
NOMBRE Y APELLIDOS |
FAMILIARES JOSÉ ORTIZ RUIZ |
FAMILIARES ANTONIO MOLERO ASENJO |
FAMILIARES JUAN NÚÑEZ GONZÁLEZ |
FAMILIARES VICTORINO COBOS ALCÁZAR |
FAMILIARES JOSÉ GÓMEZ IMAR |
PEDRO Y SOFÍA MAYORAL PARRACIA |
FAMILIARES FRANCISCO RÍOS OLMO Y MARTINA FOMOSA ROMÁN |
FAMILIARES ANTONIA PELAEZ ALAPON |
Guadalajara a 27 de mayo de 2014.